Autorización de Residencia para Profesionales Altamente Cualificados (PAC)

Áreas Destacadas

¿Es una empresa que desea contratar talento internacional o un profesional que ha recibido una oferta de trabajo en España?

La autorización para Profesionales Altamente Cualificados permite a empresas incorporar profesionales extranjeros de forma ágil y ofrece a los trabajadores una vía rápida para desarrollar su carrera en España.

¿Qué es la autorización para Profesionales Altamente Cualificados?

Explicación sencilla:

  • La autorización de residencia para Profesionales Altamente Cualificados (PAC) permite a las empresas españolas contratar a profesionales extranjeros con una elevada cualificación para ocupar puestos de especial responsabilidad o alta especialización.
  • Se trata de una autorización regulada por la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, diseñada para facilitar la incorporación de talento internacional de forma más ágil que los procedimientos ordinarios de extranjería.
  • Esta autorización resulta especialmente adecuada para empresas que necesitan incorporar perfiles estratégicos, como ingenieros, médicos, investigadores, directivos, especialistas tecnológicos o profesionales con experiencia altamente cualificada.
  • Además de permitir la residencia y el trabajo en España, ofrece importantes ventajas como una tramitación rápida, la posibilidad de solicitar la autorización desde España en determinados supuestos y la opción de incluir a los familiares del trabajador.

¿Cómo Obtener la nacionalidad?

1. ¿Por qué elegir la autorización PAC?

  • Procedimiento ágil.
  • Tramitación ante la UGE.
  • Posibilidad de incluir familiares.
  • Alta seguridad jurídica.
  • Renovaciones sencillas.
  • Compatible con proyectos internacionales.

2. Nuestro proceso de trabajo

  1. Análisis del caso.
  2. Diseño de la estrategia.
  3. Preparación documental.
  4. Presentación de la solicitud.
  5. Seguimiento.
  6. Resolución.
  7. Entrada en España y TIE.

La nacionalidad española es un vínculo jurídico que ofrece una serie de derechos y beneficios. Si estás interesado en adquirir la nacionalidad española, no dude en solicitar una cita con uno de nuestros abogados.

 

¿A quién va dirigida?

Empresas

  • Empresas españolas.
  • Multinacionales.
  • Startups.
  • Hospitales.
  • Ingenierías.
  • Empresas tecnológicas.
  • Consultoras.
  • Centros de investigación.

Trabajadores

  • Profesionales extranjeros.
  • Directivos.
  • Ingenieros.
  • Médicos.
  • Investigadores.
  • Especialistas TIC.
  • Consultores.
  • Perfiles con alta cualificación.
Contrate talento internacional con seguridad jurídica

PARA EMPRESAS

¿Cómo le ayudamos?

  • Estudio previo de viabilidad.
  • Selección de la autorización adecuada.
  • Revisión del contrato laboral.
  • Preparación del expediente.
  • Presentación ante la UGE.
  • Contestación de requerimientos.
  • Coordinación con RRHH.
  • Asesoramiento al trabajador.
  • Tramitación de familiares.

Ventajas

  • Resoluciones rápidas.
  • Procedimiento especializado.
  • Un único interlocutor.
  • Coordinación con Recursos Humanos.
  • Asesoramiento estratégico.

Encontrar al candidato adecuado no debería convertirse en un problema administrativo.

Nuestro despacho acompaña a empresas nacionales e internacionales durante todo el proceso de contratación de profesionales extranjeros.

¿Ha recibido una oferta de trabajo en España?

PARA PROFESIONALES

Nuestro servicio incluye

  • Revisión de su situación personal.
  • Estrategia migratoria.
  • Preparación documental.
  • Coordinación con la empresa.
  • Tramitación de la autorización.
  • Visado (cuando sea necesario).
  • Obtención del TIE.
  • Reagrupación familiar.

También le ayudamos si…

  • Ya se encuentra en España.
  • Está fuera de España.
  • Quiere traer a su familia.
  • Desea renovar su autorización.
  • Quiere cambiar de empresa.

Le acompañamos durante todo el proceso para que pueda trasladarse a España con total seguridad jurídica.

Asesoramos

Ofrecemos un enfoque consultivo adaptado a cada cliente, garantizando una orientación legal precisa y confiable.

Gestionamos

Coordinamos estratégicamente cada caso para ofrecer soluciones integrales y eficaces a nuestros clientes.

Conseguimos

Nuestro compromiso se traduce en la consecución de resultados concretos y favorables para nuestros clientes.

Preguntas frecuentes "PAC Empresas"

1.- ¿Puede solicitarla cualquier empresa?

No todas las empresas pueden tramitarla de forma directa sin justificar aspectos adicionales. Generalmente está orientada a grandes empresas (más de 250 empleados), PYMEs de sectores estratégicos, empresas con un volumen de negocio elevado o proyectos considerados de interés general. Si la entidad no cumple con estos requisitos, deberá justificar detalladamente la necesidad de la contratación ante la Unidad de Grandes Empresas (UGE).

2.- ¿Cuánto tarda?

El plazo oficial de resolución por parte de la UGE es de 20 días hábiles. Si la Administración no emite respuesta en dicho plazo, la solicitud se entiende aprobada por silencio administrativo positivo. Sin embargo, los tiempos de preparación previa de la documentación pueden variar según la empresa.

3.- ¿Qué salario se exige?

Se exige que la retribución económica sea superior al salario medio del sector para el puesto a desempeñar. Generalmente, el umbral mínimo se sitúa en torno a los 41.356 € brutos anuales (pudiendo exigir importes más elevados para puestos directivos o gerenciales). Este importe garantiza que el contrato corresponda efectivamente a un perfil de alta cualificación.

4.- ¿Qué ocurre si cambia el puesto?¿Qué ocurre si cambia el puesto?

Cualquier modificación sustancial de las funciones o del puesto de trabajo requiere notificarlo previamente a la UGE. Si el nuevo puesto sigue reuniendo los criterios de alta cualificación y mantiene las condiciones salariales, se aprobará la modificación. Si cambia a un rol que no cumple con el nivel técnico o directivo exigido, la autorización de residencia puede verse rescindida.

5.- ¿Puede contratarse desde el extranjero?

Sí, es uno de los usos más habituales de esta modalidad. La empresa tramita la autorización directamente en España y, una vez concedida, el trabajador solicita el visado en el Consulado de España en su país de origen. Al llegar a España, el empleado completa la toma de huellas para obtener su tarjeta física (TIE).

Preguntas frecuentes "PAC Trabajadores"

1.- ¿Necesito estar en España?

No es obligatorio encontrarse en territorio español para iniciar el procedimiento. Se puede tramitar cuando el trabajador está en su país de origen o bien cuando se encuentra legalmente en España (por ejemplo, con un permiso de estancia por estudios o como turista). Lo crucial es no hallarse en situación de irregularidad administrativa en el momento de la solicitud.

2.- ¿Puede venir mi familia?

Sí, es una de las grandes ventajas de este tipo de residencia. Los familiares directos (cónyuge o pareja de hecho, e hijos) pueden acompañar al titular mediante una solicitud simultánea o posterior. Además, la autorización concedida a los familiares mayores de edad incluye permiso de trabajo automático.

3.- ¿Puedo cambiar de empresa?

Durante los primeros tres años, la autorización concedida está expresamente ligada a la empresa contratante. Si deseas cambiar de compañía dentro de ese periodo, la nueva entidad deberá presentar una nueva solicitud de autorización ante la UGE. Una vez obtenida la residencia de larga duración o cumplidos los plazos correspondientes, gozarás de libre acceso al mercado laboral.

4.- ¿Cuánto dura la autorización?

La autorización inicial se otorga por un plazo de 3 años (o por la duración pactada en el contrato si es inferior a ese tiempo). Transcurrido ese periodo inicial, se puede renovar por plazos de 2 años adicionales siempre que se mantengan las condiciones laborales.

5.- ¿Qué ocurre al renovar?

Para llevar a cabo la renovación, la UGE comprobará que continúas trabajando en el mismo puesto o empresa y que sigues cumpliendo los requisitos salariales mínimos. Asimismo, es imprescindible continuar al corriente con las obligaciones fiscales y de Seguridad Social. Si la renovación es favorable, obtendrás el permiso prolongado sin necesidad de salir del país.

También puede interesarle

        1. Tarjeta Azul UE.
        2. Teletrabajador Internacional.
        3. Investigadores.
        4. Estudiantes.
        5. Reagrupación Familiar.
        6. Movilidad Internacional para Empresas.

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