Celebrar un matrimonio civil en España entre un español y un extranjero o entre extranjeros ha incrementado significativamente con la entrada en vigor del Acuerdo Schengen y la globalización creciente. Este tipo de uniones genera inquietudes legales en nuestros clientes, quienes buscan orientación sobre los procedimientos, la documentación necesaria y las implicaciones posteriores a la celebración del matrimonio.
Es conocido que casarse con un español o un ciudadano de la Unión Europea otorga al cónyuge extranjero el derecho a solicitar la Tarjeta de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea. Este documento ofrece beneficios que incluyen autorización de residencia y trabajo por cinco años.
Asimismo, contraer matrimonio con un ciudadano español permite al extranjero solicitar la nacionalidad española por residencia después de un año de residencia legal y continua en España.
Procedimiento
El procedimiento para casarse entre personas de distintas nacionalidades implica la realización de un expediente matrimonial ante el encargado del Registro Civil correspondiente a su lugar de residencia.
Se requiere programar una cita previa con el encargado del Registro Civil para presentar la documentación necesaria, que incluye:
- Fotocopia del DNI/Tarjeta de residencia o Pasaporte de los futuros cónyuges.
- Certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil.
- Certificado de empadronamiento o residencia.
- Declaración jurada sobre el estado civil de los contrayentes o fe de vida, dependiendo del país de origen.
- En caso de divorcio de uno o ambos contrayentes:
- Certificado literal de matrimonio anterior con anotación de divorcio.
- Si la sentencia de divorcio se emitió en el extranjero, se requiere su legalización en España mediante el procedimiento Exequatur, que implica el reconocimiento de la sentencia por los tribunales españoles, necesitando la asistencia de abogado y procurador.
Presentación de documentación
Los documentos expedidos por el Registro Civil extranjero deben estar traducidos y legalizados, aunque algunos países han firmado convenios con España que eximen de este proceso.
Una vez presentada la documentación, los futuros cónyuges deben comparecer con dos testigos en el Registro Civil para iniciar el expediente matrimonial, el cual se resolverá mediante un auto favorable o desfavorable para la celebración del matrimonio. En caso de un auto desfavorable, se analizará la viabilidad de un recurso en función de sus fundamentos.